lunes, 21 de octubre de 2024

Ley de Vagancia y estados pre-delictivos

 Sobre ley de vagancia y estados pre-delictivos

 

Sobre ley de vagancia y estados pre-delictivos

Comentarios en referencia a un artículo de Luciano Alvarez publicado en el País "La paradoja de lo pre-delictivo" https://www.elpais.com.uy/opinion/columnistas/luciano-alvarez/paradoja-pre-delictivo.html

Según lo que se expresa en el artículo, si bien  referencia a su aplicación bajo regímenes autoritarios, se sugiere  que la ley de vagancia  violentaría la libertad individual tratándose de una herramienta que se aplica a personas antes de que cometan un delito.

Estamos conscientes de que siempre se debe presumir la inocencia de la persona y no se la debe culpar hasta que se lo demuestre así. Es por ello que en general solo se actúa una vez cometido el delito y no antes.

En medicina es de amplio reconocimiento que es mucho mejor actuar previo a que ocurran las enfermedades, que tratarlas una vez que ya han enfermado al paciente. Lo mismo se reconoce ampliamente en los siniestros de tránsito. En ambos casos las medidas preventivas, que se aplican antes de que ocurran los eventos dañinos (enfermedades o siniestros) implican limitaciones a la libertad individual de las personas, y llevan a la aplicación de sanciones en caso de trasgresión  a las normas preventivas establecidas. Por ejemplo el no otorgamiento del carnet de salud para poder trabajar, el retiro de la libreta de conducir, no poder anotarse en la escuela sin el carnet de vacunación obligatoria, no poder fumar en espacios cerrados, y un largo etc.

En todos estos casos se coloca primero el interés de protección colectiva de la sociedad por sobre la libertad de decisión o acción del individuo.

Sin embargo cuando se trata de actuar sobre eventos  delictivos, se pone el énfasis en la libertad individual de los delincuentes, y por extensión de aquellos que viven trasgrediendo normas sociales de convivencia, en detrimento de las medidas preventivas que protegen al resto de los ciudadanos. Estas normas preventivas que son ampliamente aceptadas en medicina y en materia de transito, son en general rechazadas cuando se trata de abordar el problema de la inseguridad.

Un claro ejemplo  es que tenemos una ley que es básicamente preventiva (la ley de vagancia) que a pesar de estar plenamente vigente, la misma no es aplicada, siendo blanco  de reiteradas criticas por afectar la libertad individual.

Si este proceder es el correcto, entonces tendríamos  que desmontar todas las medidas preventivas en materia de salud pública, lo mismo debería ocurrir con  las restricciones y sanciones en materia de tránsito, y las autoridades solo  deberían actuar cuando se produzca el evento dañino.

Si en materia de delitos actuamos solo cuando el daño ya se produjo, la sanción sobre el delincuente no ofrece reparación ni restauración a la víctima, apenas oficia de un vago consuelo. 

Es mucho mejor encarar medidas preventivas, dado que estas si logran evitar el daño que el delito produce en las víctimas, protegiendo además la libertad y los derechos de toda la ciudadanía, al precio tal vez de limitar en algo los derechos de los delincuentes, lo mismo que sucede con las limitaciones que impone el Ministerio de Salud Pública,  o la ley de tránsito a todos los ciudadanos.

La ley de vagancia establece normas claramente preventivas de actividades delictivas, sobre personas con actividades que trasgreden las normas de convivencia ciudadana democrática, y no actúa sobre ciudadanos honestos por motivos ideológicos, tal como sugiere el artículo al historiar la aplicación de leyes similares en  países con regímenes autoritarios.

Otro aspecto que no se toma en cuenta en esta discusión, es el de la responsabilidad social individual de las personas. Porque razón una persona adulta sin limitaciones físicas o psíquicas  que le impidan trabajar, decide no trabajar ni estudiar?

Al no asumir ninguna actividad productiva, obliga al  resto de la sociedad a hacerse cargo de proveerle de alimentación, salud, vivienda, y demás bienes que requiera, ya sea voluntariamente mediante solicitud de limosna o donativos, o forzadamente mediante el robo.

Se me dirá que muchos de estos ciudadanos son indigentes y que no tienen donde vivir, siendo que el estado provee refugios y alimentación para ellos. Hay que tener en cuenta que al ocupar espacios públicos están violentando a los demás ciudadanos en varios sentidos. Se apropian de un espacio  de uso colectivo, obligan a pagar a la ciudadanía por la limpieza del lugar utilizado, y desvalorizan y degradan el entorno.

Si todos los ciudadanos ocuparan el lugar que se les ocurriera sin respetar norma alguna del uso del espacio citadino, la ciudad sería un caos, devendría inviable e inhabitable, y económicamente entraría en quiebra.

Además, que futuro pueden esperar para si mismos los ciudadanos que viven en la calle, salvo deterioro físico y psíquico y un aislamiento social cada vez mayor.

En este sentido y específicamente en el caso de enfermos psiquiátricos la ley de vagancia les ofrece una alternativa de apoyo y asistencia, que la situación de calle no les aporta.

No hay comentarios:

Publicar un comentario